domingo, 24 de agosto de 2008

Impuesto Sobre La Renta

El Impuesto Sobre la Renta, el cual es un impuesto gravamen directo que se aplica a la renta que obtengan en el país todas las personas o empresas, guatemaltecas o extranjeras, domiciliadas o no en el territorio nacional, así como cualquier ente, patrimonio o bien que especifique la ley, y que provenga de la inversión de capital, del trabajo o de la combinación de ambos (Art. 1, Dec. 26-92).

¿Quiénes deben pagar el ISR?
En general, los que obtengan ingresos o rentas procedentes de sus actividades productivas, entre ellos están:
Las personas jurídicas
Las personas individuales (sea que trabajen por su cuenta o en relación de dependencia)
Los fideicomisos, contratos en participación, copropiedades, comunidades de bienes, sociedades irregulares y de hecho, el encargo de confianza, la gestión de negocios, los patrimonios hereditarios indivisos, las sucursales, agencias o establecimientos permanentes o temporales de empresas o personas extranjeras que operan en el país y las demás unidades productivas o económicas que dispongan de patrimonio y generen rentas afectas.

¿Cuándo se paga el Impuesto?
Dependiendo del régimen al que se encuentra vinculada la persona jurídica o individual , puede ser dentro de los diez días hábiles del mes siguiente si son los casos de retenciones a domiciliados en general o para los inscritos al Régimen General retenciones del Impuesto Sobre Productos Financieros.
En e caso del Régimen Optativo también los pagos se realizan en los primeros diez días hábiles pero cada tres meses (enero, abril, julio y octubre de cada año).
Las retenciones a no domiciliados según el artículo 45 de la Ley del ISR, se presentarán dentro de los primeros quince días del mes siguiente.
Dentro de los tres meses del año calendario se deberá presentar la Declaración Jurada Anual del Régimen Optativo del periodo anterior.

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