domingo, 24 de agosto de 2008




Expectativas ante las Prácticas y Graduación

Estamos a un paso de experimentar otro ambiente totalmente diferente, nuestra vida dará un cambio radical, en el cual tendremos que dejar atrás tantas diversiones y travesuras que realizamos en el colegio.

Es el momento de darle vuelta a la página del libro de nuestra vida, el cual está a punto de concluir uno de sus capítulos más divertidos, interesantes y que nunca los volveremos a vivir. Estamos seguras que el día jueves 4 de septiembre del año 2008 será el punto de partida para comenzar a triunfar en el ámbito laboral de nuestro país; sin duda alguna soñamos con ese gran día para concluir este pasaje de nuestra vida en uno de los días más felices de nuestra vida, el día de la graduación.


SECCION PERSONAL

Tres años llenos de muchas experiencias y conocimientos adquiridos y sobre todo acontesimientos que dejaron guella en muchos de los profesionales que trabajan en el colegio.

La promoción de plata de Perito Contador ha sido y seguira siendo la mejor, ya que somo únicas y con un alto nivel académico. Hemos logrado conocimientos aptitudes y habilidades para:

Intervenir en el diseño y evaluación de las funciones de planeamiento, coordinación y control de entidades públicas y privadas.

Intervenir en la definición de misiones, objetivos y políticas de las organizaciones siguiendo una metodología adecuada para la toma de decisiones e incorporando valores éticos al cumplimiento de sus responsabilidades sociales hacia la comunidad.

Intervenir en la implementación de estructuras , sistemas y procesos administrativos-contables.

Intervenir en el diseño de sistemas de información y decisión para el logro de los objetivos de la organización.

Intervenir en la preparación y administración de presupuestos, en la evaluación de proyectos y en los estudios de factibilidad financiera en empresas públicas y privadas.

Actuar como perito, administrador, interventor o árbitro en ámbito judicial.

Dictaminar sobre la razonabilidad de la información contable destinada a ser presentada a terceros, efectuar tareas de auditoría externa.

Participar en el diseño de las políticas tributarias.

Asesorar en relación con la aplicación e interpretación de la legislación tributaria.

Intervenir en la constitución, fusión, escisión, transformación, liquidación y disolución de sociedades y asociaciones.

Diagnosticar y evaluar los problemas relacionados con la medición y registro de las operaciones de la unidad económica en sus aspectos financieros, económicos y sociales, tanto en el sector público como en el privado.


Impuesto Sobre La Renta

El Impuesto Sobre la Renta, el cual es un impuesto gravamen directo que se aplica a la renta que obtengan en el país todas las personas o empresas, guatemaltecas o extranjeras, domiciliadas o no en el territorio nacional, así como cualquier ente, patrimonio o bien que especifique la ley, y que provenga de la inversión de capital, del trabajo o de la combinación de ambos (Art. 1, Dec. 26-92).

¿Quiénes deben pagar el ISR?
En general, los que obtengan ingresos o rentas procedentes de sus actividades productivas, entre ellos están:
Las personas jurídicas
Las personas individuales (sea que trabajen por su cuenta o en relación de dependencia)
Los fideicomisos, contratos en participación, copropiedades, comunidades de bienes, sociedades irregulares y de hecho, el encargo de confianza, la gestión de negocios, los patrimonios hereditarios indivisos, las sucursales, agencias o establecimientos permanentes o temporales de empresas o personas extranjeras que operan en el país y las demás unidades productivas o económicas que dispongan de patrimonio y generen rentas afectas.

¿Cuándo se paga el Impuesto?
Dependiendo del régimen al que se encuentra vinculada la persona jurídica o individual , puede ser dentro de los diez días hábiles del mes siguiente si son los casos de retenciones a domiciliados en general o para los inscritos al Régimen General retenciones del Impuesto Sobre Productos Financieros.
En e caso del Régimen Optativo también los pagos se realizan en los primeros diez días hábiles pero cada tres meses (enero, abril, julio y octubre de cada año).
Las retenciones a no domiciliados según el artículo 45 de la Ley del ISR, se presentarán dentro de los primeros quince días del mes siguiente.
Dentro de los tres meses del año calendario se deberá presentar la Declaración Jurada Anual del Régimen Optativo del periodo anterior.

Cápsula Tributaria



















Modificación a la Ley del IVA


La primera parte de la Modernización Tributaria llegó al Organismo Legislativo de la mano del ministro de Finanzas Públicas, Juan Alberto Fuentes Knight, quien indicó que con la propuesta de modificaciones al Sistema Tributario Indirecto y Aduanero se estaría recaudando un 0.5% más del Producto Interno Bruto (PIB), cuya proyección para este año es de Q283 mil millones.En ese sentido, la recaudación adicional sería de Q1,415 millones, una cifra por debajo del 1% (Q2,830 millones) que se proponía captar el Gobierno con la inclusión de la reforma al Impuesto Sobre la Renta (ISR).

La iniciativa tiene 6 ejes principales, entre los que destaca el aumento gradual del impuesto mínimo a la circulación de vehículos a partir de 2010 en un 50% (Q165 anual), y en un 100% (Q220) en 2011.Asimismo, se oficializa un impuesto específico a la primera matricula de vehículos automotores terrestres, la cual sustituirá los aranceles a la importación. “El objetivo es sustituirlos por un impuesto, el cual se obtendrá por medio de un cobro técnico y no arbitrario, como se hace en las aduanas; con ello habrá mas transparencia”, resaltó Fuentes Knight.Esta operación implicaría la utilización del Libro Azul (el cual contiene datos sobre los precios de mercado de los vehículos) para el cálculo del gravamen, cuyas tasas se desconocen.Modificaciones al IVAEn el documento se incluyen reformas al Impuesto al Valor Agregado (IVA), en específico para la compraventa de inmuebles y para los pequeños contribuyentes. “Se elimina para la segunda y posteriores compraventas de inmuebles el cobro del IVA, y en esas transacciones se cobrará un 3% de impuesto de timbres fiscales y papel sellado; con ello aseguraremos uno de los impuestos que más se evade, y estimularemos al sector de la vivienda”, afirmó el viceministro de Finanzas, Carlos Barreda.Esto no afectaría las viviendas con un precio menor a los Q100 mil, según Ángel Berna, director del Programa de Vivienda de la Fundación Guillermo Toriello, quien dijo que estas unidades y los lotes de menos de 100 metros cuadrados están exentos del IVA. Para las personas inscritas en el Régimen de Pequeño Contribuyente se crearán facturas especiales, y se aplicará un impuesto del 5% sobre los ingresos totales. Estos pagos se harán de forma mensual. La factura del Pequeño Contribuyente no dará derecho a crédito fiscal del IVA a las empresas. No obstante, sí podrá utilizarse para efectos del ISR.Además, se propondrá exigir el uso de instrumentos bancarios en operaciones superiores a Q10 mil, y que la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) pueda solicitar información “puntual” a los bancos, para supervisar las obligaciones tributarias.La entidad también podrá ordenar el cierre administrativo de forma temporal de una empresa que realice actividades gravadas sin estar registrada y que no posea facturas, previo a una audiencia.

Revisiones a la reforma fiscal atrasan su entrega


Larios espera finalizar el estudio del proyecto durante el fin de semana y entregarlo el lunes.
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Rompen el silencio>Hasta el momento, el sector empresarial no se había pronunciado con respecto a la reforma tributaria, pues indicaba no tener conocimiento sobre los aspectos específicos de la iniciativa. >En un comunicado emitido ayer, el comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras (Cacif) consideró conveniente que el Gobierno no presentara lareforma al ISR, con el objetivo de conseguir un consenso sobre el tema.>También hay un pronunciamiento para que se busque un mecanismo para compensar la desaparición del Impuesto Extraordinario y Temporal en Apoyo a los Acuerdos de Paz (IETAAP).


La Dirección Legislativa del Congreso esperaba ayer la llegada de Juan Alberto Fuentes Knight, titular del Ministro de Finanzas Públicas (Minfin). Ellos habían anunciado que esta semana se presentaría la iniciativa de reforma fiscal.Ni el Ministro ni el anteproyecto llegaron, debido a que la Secretaría General de la Presidencia (SGP) aún debe analizar el aspecto jurídico del documento, para evitar que se den algunas inconstitucionalidades para su aprobación.La reforma fiscal se encuentra en poder de la Secretaría desde el pasado viernes, cuando el titular de la entidad, Carlos Larios, declaró que el lunes 4 de agosto se podría presentar el documento.Larios expresó que no fue posible concluir la revisión, debido a las modificaciones al documento que le enviarían en el transcurso de la semana. “Hoy me presentan gran parte de los aspectos, mañana otra parte, y debemos revisar todos los detalles”, agregó.Sin embargo, el viceministro del Minfin, Carlos Barreda, indicó que la única modificación que recibió la oficina de Larios esta semana fue enviada el miércoles. “Cometimos el error de anunciar que hoy (ayer) se presentaría, pero nos llamaron en la mañana de la Secretaría y nos dijeron que no estaba lista”.Se espera que la SGP finalice las evaluaciones durante el fin de semana, para que el lunes en la mañana se entregue finalmente la propuesta. Mario Linares, diputado del Partido Patriota (PP), señaló que a pesar de que se ha hablado tanto de la iniciativa, el Congreso sigue esperándola.Barreda explicó que fue de la iniciativa del miércoles de donde se quitó la reforma al Impuesto Sobre la Renta (ISR). La propuesta, que llegará el próximo lunes al Legislativo, incluye reformas a la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), a la Ley del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos Terrestres, Marítimos y Aéreos, y al Código Tributario. También plantea medidas de control para el pago de impuestos

sábado, 23 de agosto de 2008

Impuesto Al Valor Agregado

El Impuesto al Valor Agregado (IVA) es un gravamen indirecto que se origina entre otras cosas en: la venta o permuta de bienes y la prestación de servicios, importaciones, arrendamientos, adjudicaciones, retiro de bienes de las empresas (para uso personal), la venta o permuta de bienes inmuebles, la donación entre vivos de bienes muebles e inmuebles y la pérdida de mercancía o cualquier hecho que implique faltantes de inventario.
A continuación, algunas preguntas y respuestas frecuentes sobre el IVA.


1. ¿Cuándo debe pagarse el IVA?


En términos generales, el IVA se paga cuando se realiza la compra de un bien o servicio (dado que el precio incluye el IVA; si no se emite la factura, de todas formas la persona individual o jurídica paga el impuesto, pero el vendedor se apropia del mismo, debido a que no se origina la obligación para llevarla al fisco). En casos especiales el IVA se produce:
En las importaciones, en la fecha en que se efectúe el pago de los derechos respectivos, conforme recibo legalmente extendido.
En los arrendamientos, al término de cada período fijado para el pago de la renta.


2. ¿Cómo se calcula el IVA que los contribuyentes registrados deben trasladar al fisco cada mes?


La suma neta que el contribuyente debe enterar al fisco en cada período impositivo, es la diferencia entre el total de débitos y el total de créditos fiscales generados.
Se entiende por:


Débito Fiscal: La suma del impuesto cargado por el contribuyente en las ventas de bienes y servicios, así como en otras operaciones afectas realizadas en el período impositivo respectivo.


Crédito Fiscal: La suma del impuesto cargado al contribuyente por las compras de bienes y servicios, así como en otras operaciones afectas realizadas durante el período.
La declaración y pago del débito fiscal debe efectuarse durante el mes siguiente.


Ejemplo:
Durante el mes de enero, don Juan López en su abarrotería “La Buena Esperanza” realizó las siguientes compras:
Mercaderías por Q. 1,000 y contrató los servicios de transporte para las mismas por Q.800, en general pagó IVA por Q216. Además realizó ventas de mercaderías por un total de Q3,000 por lo que cargó a los consumidores un total de Q360.
De acuerdo con los datos el Crédito Fiscal asciende a Q216 y el Debito Fiscal es de Q360. Por ello don Juan López deberá enterar a las cajas fiscales un total de Q144


El Impuesto del IVA debe pagarse:

Por la venta o permuta de bienes muebles, en la fecha de la emisión de la factura o tiquete. Cuando la entrega de los bienes muebles sea anterior a la emisión de la factura o tiquete, el impuesto debe pagarse en la fecha de la entrega real del bien. Por la prestación de servicios, en la fecha de la emisión de la factura o tiquete. Si no se hubiere emitido factura o tiquete, el impuesto debe pagarse en la fecha en que el contribuyente perciba la remuneración. En el caso de la venta o permuta de vehículos automotores, conforme lo dispone el Artículo 57 de esta ley, el impuesto debe pagarse por el adquiriente en la fecha en que se emita la factura.
En las importaciones en la fecha en que se efectúe el pago de los derechos respectivos.
En las adjudicaciones, en el momento en que se documente o entregue el bien.
En los retiros de bienes muebles previstos en el Artículo 3, numeral 6), en el momento del retiro del bien respectivo o de la prestación del servicio.
En los arrendamientos y en la prestacion de servicios periódicos.
En los faltaantes de inventarios.
En los seguros y fianzas.

Los dos Impuestos más Importantes en Guatemala




En Guatemala los dos impuestos mas importantes son el Impuesto al Valor Agregado y el Impuesto sobre la Renta.



Impuesto al Valor Agregado (IVA). Es el impuesto que se paga al efectuar cualquier compra en cualquier establecimiento que venda un producto o servicio. La tasa es del 12% del valor del bien o servicio y ya está incluido en el precio de venta. En el momento de efectuar una compra el cliente o contribuyente proporciona el número de NIT (Número de Identificación Tributaria) el cual es ingresado en la factura que el vendedor proporciona. Es muy importante pedir siempre la factura ya que comprueba que el monto de IVA pagado será destinado a lo que corresponde. Del IVA que se recauda un 3.5% es destinado para el financiamiento de proyectos para la paz y el desarrollo, 1.5% es destinado para financiar gastos sociales en programas y proyectos y el 7% restante es destinado para financiar el presupuesto de la nación. Según la SAT (Superintendencia de Administración Tributaria) existen algunos productos o actividades que no pagan IVA y que están decretados por ley pero con la condición que no excedan la cantidad de Q100.00. Algunos de estos son la venta al consumidor final, al menudeo, de carnes, pescado, mariscos, frutas y verduras frescas, cereales, legumbres y granos básicos en mercados cantonales y municipales, matrículas de inscripción, colegiaturas y derechos de examen en los centros educativos, sean éstos públicos o privados.



Impuesto sobre la Renta. El ISR lo paga cualquier persona que preste un servicio profesional, así como también los propietarios de negocios, empresas o sociedades y los empleados que ganen más de Q36,000.00 al año. La tasa es del 31% sobre la utilidad ó 5% sobre las ventas y su función es mantener al gobierno.

IMPUESTOS EN GUATEMLA


El impuesto es una clase de tributo (una obligación en dinero en favor del acreedor tributario) regido por el Derecho Público. Se caracteriza por no requerir una contraprestación directa o determinada y surge exclusivamente por la “potestad tributaria del Estado”, principalmente con el objeto de financiar sus gastos.
Los impuestos son las contribuciones que los ciudadanos aportan para proveer al gobierno de recursos económicos para cubrir sus gastos. También se establecen para cubrir objetivos económicos y finalidades sociales. Como fin económico sería promover o disuadir el consumo o producción de algún producto. Como fin social el objetivo es disminuir la pobreza y tratar de disminuir las diferencias de riqueza entre la población.
Los impuestos son los pagos o prestaciones que se pagan al Estado de acuerdo a la ley, con el objetivo de satisfacer las necesidades comunes de todos los ciudadanos, como infraestructura, salud, educación, seguridad, etc.
Los tipos de impuestos que existen son los siguientes:


Directos: Son todos aquellos impuestos que gravan o afectan directamente lo que se recibe como ingreso. Cuando el impuesto que se paga esta relacionado directamente a su ingreso.
Indirectos: Son todos aquellos impuestos que gravan o afectan a lo que se consume o se gasta, como el IVA. Cuando su cálculo se basa en el valor o cuantía de lo que la persona consume indistintamente de sus ingresos.
Los objetivos que persigue la fijación de impuestos son:
Influir en el rendimiento macroeconómico de la economía (la estrategia gubernamental para hacer esto es conocida como su política fiscal).
Para llevar a cabo funciones del Estado, tales como la defensa nacional, y proveer servicios del gobierno así como el pavimento de calles y el mantenimiento en el caso de la tenencia.

Para redistribuir los recursos entre los individuos de diversas clases dentro de la población. Históricamente, la nobleza era mantenida por impuestos sobre los pobres. En sistemas de índole social modernos se intenta utilizar los impuestos en sentido inverso, manteniendo a las clases bajas con el exceso de las clases altas.
Para modificar patrones de consumo o empleo dentro de la economía nacional, haciendo ciertos tipos de transacciones más o menos atractivas.